Convocatoria de ayudas a clubes y entidades deportivas de la provincia de Alicante

EXTRACTO DE LOS ACUERDOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE PROVINCIAL DE ALICANTE, DE FECHA 4 DE MARZO DE 2020, POR EL QUE SE CONVOCAN AYUDAS A CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE, PARA LA PROMOCIÓN Y POTENCIACION DE ACTIVIDADES Y PROGRAMAS DEPORTIVOS, O LA PARTICIPACIÓN EN COMPETICIONES FEDERADAS DE CARÁCTER OFICIAL, TEMPORADA DEPORTIVA 2019-2020. ANUALIDAD 2020; Y DE FECHA 6 DE MAYO DE 2020, POR EL QUE SE MODIFICAN LAS BASES DE DICHA CONVOCATORIA.

BDNS(Identif.):508834

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación de Alicante https://diputacionalicante.sedelectronica.es.

Primero.- Objeto.

Es objeto de la presente Convocatoria la concesión en el ejercicio 2020, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, de ayudas económicas a los Clubes y Entidades Deportivas de la provincia de Alicante, para la promoción y potenciación de actividades y programas deportivos, a realizar durante el periodo comprendido entre el 2 de noviembre de 2019 y el 1 de noviembre de 2020, inclusive, o la participación en competiciones federadas de carácter oficial correspondientes a la temporada deportiva 2019/2020.

Segundo.- Beneficiarios.

Podrán solicitar estas ayudas los Clubes y Entidades Deportivas sin fin de lucro de la provincia de Alicante, que se hallen inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 106 de 05/06/2020 Pág. 2 3994 / 2020 Comunidad Valenciana, y que participen en una competición federada oficial (Liga) de las indicadas en la Base Segunda (Programa A), durante la temporada 2019/2020, o que organice y/o participe en competiciones y actividades deportivas (Programas B,C,D y E) durante el periodo comprendido entre el 2 de noviembre de 2019 y el 1 de noviembre de 2020, inclusive.

A los efectos de la presente convocatoria se excluyen: 1) Los Clubes de fútbol y fútbol sala masculinos y femeninos; 2) Los Clubes de deporte adaptado e inclusivo y 3) Clubes de deportes de equipo e individuales que compitan por equipos participantes en ligas europeas y/o nacionales de categoría senior o absoluta, masculina o femenina, de máximo nivel y las dos inmediatamente anteriores, por ser objeto de convocatorias específicas recogidas en el Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial del ejercicio 2020.

Asimismo, estas ayudas no podrán ser compatibles con la percepción de una subvención nominativa de las previstas en el Presupuesto de la Diputación Provincial para el ejercicio 2020, con destino a la misma actividad. No podrán acogerse a esta Convocatoria las Entidades que soliciten o que ya disfruten de cualquier subvención de la Diputación u Organismo dependiente de la misma para idéntico objeto, actividad o programa.

Tercero.- Programas.

Programa A: Deportes de equipo Programa

A1.- Para Deportes de Equipo se tendrá en consideración la participación de un equipo masculino o femenino del Club o Entidad Deportiva en Liga Nacional oficial de categoría distinta a la senior. Programa

A2.- Para Deportes de Equipo se tendrá en consideración la participación de un equipo masculino o femenino del Club o Entidad Deportiva en Liga Autonómica de cualquier categoría. Programa

A3.- Para Deportes de Equipo se tendrá en consideración la participación de un equipo masculino o femenino del Club o Entidad Deportiva en Liga Provincial de cualquier categoría.

Programa B: Deportes Individuales

Programa B1.- Para los Deportes Individuales, con excepción de los deportes náuticos, se tendrá en consideración la participación de un equipo, masculino o femenino, del Club o Entidad Deportiva en competición de Liga Nacional oficial de nivel diferente al de máxima categoría y el inmediatamente anterior.

Programa B2.- Para los Deportes Individuales (olímpicos), con excepción de los deportes náuticos, se tendrá en consideración la participación de un Club o Entidad Deportiva o de sus deportistas en competición federada oficial por concentración.

Programa B3.- Para los Deportes Individuales (no olímpicos, pruebas no olímpicas de deportes olímpicos y pelota valenciana), con excepción de los deportes náuticos, se tendrá en consideración la participación de un Club o Entidad Deportiva o de sus deportistas en competición federada oficial por concentración.

Programa C: Deportes Náuticos Programa

C1.- Para los Deportes Náuticos (modalidades olímpicas) se tendrá en consideración la participación y/o organización en competiciones de ámbito nacional e internacional que fomenten y promocionen la práctica de los deportes náuticos.

Programa C2.- Para los Deportes Náuticos (modalidades no olímpicas o pruebas/embarcaciones no olímpicas de modalidades olímpicas) se tendrá en consideración la participación y/o organización en competiciones de ámbito nacional e internacional que fomenten y promocionen la práctica de los deportes náuticos.

Programa D: Organización y/o participación en actividades deportivas (competitivas, físicorecreativas, populares, etc.) de ámbito nacional e internacional que fomenten la práctica de una modalidad deportiva.

Programa E: Organización y/o participación en actividades deportivas (competitivas, físicorecreativas, populares, etc.) de ámbito autonómico, provincial y local que fomenten la práctica de una modalidad deportiva; así comoprogramas de promoción y divulgación deportiva, escuelas de formación deportiva, cursos y campus deportivo-formativos, incluidos los referidos a deportes náuticos.

Cuarto.- Bases Reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (publicada en BOP núm. 118, de 27 de mayo de 2005), Bases de Ejecución del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante de 2020, y Bases específicas de la Convocatoria.

Quinta.- Cuantía. L a dotación económica prevista de la Convocatoria asciende a la cantidad de 270.000,00 euros, que se imputará a la Aplicación 22.3411.4830000 del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial del ejercicio 2020.

El importe máximo de la subvención no excederá de 3.500 euros por Entidad.

Sexto.- Plazo de presentación de las solicitudes. La presentación de la solicitud se realizará por medios electrónicos de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 106 de 05/06/2020 Pág. 4 3994 / 2020 las Administraciones Públicas, dada la condición de persona jurídica de los beneficiarios. Para ello se accederá al apartado de “Catálogo de trámites” de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Alicante, accesible a través de https://diputacionalicante.sedelectronica.es

Los Clubes y Entidades deportivas de la provincia a que refiere la Base Primera que estén interesados en participar en esta convocatoria, deberán presentar sus solicitudes ajustadas al modelo normalizado de SOLICITUD GENERAL DE SUBVENCIÓN que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Alicante, suscrita por el/la Sr./Sra. Presidente/a de la Entidad deportiva, y dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial, a través de los medios telemáticos establecidos para ello en la sede electrónica de la Diputación de Alicante, accediendo al apartado “Catálogo de Trámites”: “Catálogo de servicios”: Convocatorias abiertas”.

Para poder acceder a este sistema telemático, la persona que lo solicite podrá utilizar cualquiera de los certificados admitidos por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Alicante, donde se incluye, entre otros, el certificado electrónico emitido por la Agencia Valenciana de Certificación.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información para su publicación.

Sólo se podrá presentar una única solicitud por Entidad. Y cada Club o Entidad deportiva, únicamente podrá solicitar subvención para un solo programa deportivo, de entre los que figuran en la Base Segunda.

Las Bases íntegras de la Convocatoria, junto con el modelo normalizado de SOLICITUD GENERAL DE SUBVENCIÓN, así como los Anexo I ( que incorpora Actividad objeto de subvención; criterios de prioridad; Proyecto; Presupuesto; Relación seguros y medidas higiénico-sanitarias); Anexo II (documentación adjunta); y Anexo III (que incorpora el Modelo Informe Ayuntamiento), estarán disponibles para los interesados en la sede electrónica de la Diputación de Alicante, a los que se podrá acceder en la forma indicada en el párrafo segundo de esta Base. Y también se publicará el texto íntegro de las Bases de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Alicante, 02-06-2020

El Jefe del Servicio de Deportes, El Diputado de Deportes, La Secretaria General

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